La Fundación Ecuatoriana para la Investigación y el Desarrollo de la Botánica (FUNBOTANICA) es una persona jurídica de derecho privado, de beneficia pública y social, que se rige por las leyes ecuatorianas Titulo XXIX del Libro I, del Código Civil.
Fines
Son fines de la Fundación la práctica de las siguientes actividades, en concordancia con aquellas otras desplegadas por las autoridades correspondientes:
- Promover, incentivar y difundir la investigación botánica en el país.
- Integrar a las personas e instituciones que trabajen en Botánica.
- Estimular las relaciones nacionales e internacionales entre botánicos y entre instituciones ecuatorianas y del mundo que estén involucrados en el campo botánico.
- Representar a la comunidad Botánica del Ecuador ante otras organizaciones regionales e internacionales.
- Coadyuvar a la defensa y conservación de los recursos de flora y en general de todos los recursos vivos y sus relaciones con el medio ambiente. La Fundación colaborará con el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
- Asesorar a las empresas e instituciones estatles y privadas, en el conocimiento, manejo y conservación de la flora ecuatoriana.
Medios
Para el cumplimiento de sus fines, la Fundación podrá realizar entre otros, los siguientes actos:
- Apoyar y auspiciar la investigación cientifica relacionada con la Botánica.
- Cooperar con personas naturales o jurídicas, organismos nacionales e internacionales, publicos y/o privados que tengan similares objetivos.
- Publicar y difundir los resultados de investigaciones científicas y afines realizadas en el país y temas de interés relacionado con la Botánica y un boletines informativos periódicos.
- Organizar simposios, congresos, mesas redondas y reuniones científicas, con la participación de organismos nacionales y extranjeros relacionados a la Botánica.
- Servir como órgano de consulta a planificadores, legisladores e interventores ambientales.
- Solicitar, recibir, invertir, mantener, distribuir y en general administrar fondos y bienes provenientes de donaciones, legados, asignaciones, cuotas y contribuciones de personas naturales o jurídicas para los fines que la Fundación persigue.
- Adquirir, enajenar o disponer de bienes inmuebles, darlos o tomarlos en arrendamiento, comodato, anticresis, usufructo, gravar los bienes de la Fundación.
- Adquirir, adminstrar y disponer de equipos técnicos y materiales didácticos y toda clase de bienes muebles, relacionados con el cumplimiento de los fines de la Fundación.
- Hacer en general todas aquellas actividades necesarias para la consecución de su fin y realizar todos los actos y otorgar todos los contratos pertimidos por las Leyes Ecuatorianas.